Enclave Para la Ignicion
El Estado de Nueva York recientemente incorporó el requisito de que las personas convictas de ciertos delitos de VTL § 1192 (vea arriba) tienen que instalar y pagar la instalación y mantenimiento de un enclave para la ignición (IID, en inglés) en cualquier vehículo que el acusado conduzca por un periodo de tiempo determinado por el Tribunal.
Definición-el enclave para la ignición es una máquina de prueba de aliento en la que cualquier persona que desee prender o conducir el vehículo tiene que soplar en un aparato a través de un tubo plástico para someter una muestra de su aliento. La muestra de aliento es examinada de manera muy similar a la manera en que la policía examina el aliento de la persona para determinar si está conduciendo en estado deteriorado o bajo la influencia de alcohol o drogas. Si el aparato determina que la persona que proveyó la muestra de aliento está embriagada o en estado deteriorado, el vehículo no encenderá. Habrá pruebas mientras el vehículo está en movimiento y varias otras reglas acerca del procedimiento apropiado para conducir si se le ha requerido instalar el Enclave de Ignición en su vehículo o en el vehículo que conduce. Consultar con su abogado es esencial para evitar incumplir involuntariamente las condiciones y procedimientos que regulan el uso del nuevo Enclave de Ignición en el Estado de Nueva York.
Aplicación- el Enclave de Ignición se le requiere únicamente a aquellos que son declarados culpables de delitos relacionados al alcohol bajo la VTL § 1192. La instalación del Enclave de Ignición siempre se le requiere por lo menos por seis meses y es requerido como una condición de régimen probatorio o como parte de la libertad condicional. Las penalidades por el Enclave de Ignición le aplican a cualquier acusado arrestado después del 18 de noviembre de 2009 o acusados que fueron sentenciados después del 15 de agosto de 2010. El Enclave de Ignición tendrá que ser instalado luego de que la persona haya cumplido su condena en la cárcel, si es que fue condenado a cárcel.
Costas- el acusado culpable es responsable de pagar toda la instalación del Enclave de Ignición que cuesta entre $75 a $100. Además, tiene que llevar el vehículo con el Enclave instalado para servicio cada 30 días sin excepción, lo que le costará entre $75 a $100 por vehículo en cada visita para servicio.
Complejidad- como se señaló anteriormente el inicio de la penalidad del Enclave de Ignición en el Estado de Nueva York ha creado una red grande y compleja de acusados, instaladores, controladores y oficiales gubernamentales que tienen que coordinar sus departamentos y procedimientos para lograr que este sistema funcione. Hay muchos requisitos específicos que si el individuo que fue encontrado culpable no sigue pude enfrentarse a cargos por incumplimiento de su régimen probatorio o libertad condicional. Un ejemplo es que cuando le imponen la instalación del Enclave de Ignición (cuando no lo sentencian a tiempo en la cárcel) el individuo tiene 10 días para instalar el Enclave en todos los vehículos que conduce y luego tiene que mostrarle al Tribunal evidencia de su instalación. Si no le muestra al Tribunal la evidencia de la instalación (aunque lo haya instalado a tiempo) dentro de ese periodo de tres días puede considerarse una infracción. Literalmente existen docenas de idiosincrasias y disposiciones que regulan esta nueve Ley del Estado de Nueva York por Conducir Bajo la Influencia y este cambio sirve para demostrar la importancia de una buena representación cuando está considerando contratar a un abogado.
En Cohen & Forman nos mantenemos informados de los cambios legales investigando y entrenando a nuestros abogados y personal en los acontecimientos nuevos en la ley con el fin de preparar nuestros casos mejor y de educar a nuestros clientes.
